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Entidades de Inspección y Control Industrial ECI: Su importancia en la seguridad industrial

October 18, 2017

La aplicación de la reglamentación en materia de seguridad industrial de productos, equipos e instalaciones, requiere la existencia de los correspondientes medios de inspección y control que aseguren que estos productos, equipos e instalaciones se ajustan a lo que la reglamentación exige para cada uno de ellos.

En este sentido, y ante la multiplicidad de normativa establecida para garantizar la seguridad de personas y bienes, y ante la creciente complejidad técnica de la mencionada normativa, las Administraciones públicas empezaron a delegar la capacidad de certificación de las instalaciones industriales a los organismos especializados que se autoricen para tal efecto.

En el año 1994 comenzó el desarrollo de la legislación para establecer la figura de la Entidad de Inspección y Control Industrial (EICI), y durante todos estos años la Administración regional de la Comunidad de Madrid ha ido desarrollado las funciones de las Entidades de Inspección y Control Industrial, hasta llegar a las actuales Ordenes de Externalización, donde se delegan a las Entidades de Inspección y Control Industrial también funciones de inscripción y registro de instalaciones industriales de seguridad industrial

¿QUE ES UNA ENTIDAD DE INSPECCIÓN Y CONTROL INDUSTRIAL (EICI)?

Las Entidades de Inspección y Control Industrial (EICI´s) son Organismos de Control habilitados por la Administración regional de la Comunidad de Madrid, para poder actuar en actividades de control y verificación del cumplimiento reglamentario en algunas instalaciones industriales sujetas a reglamentación de seguridad industrial.

Para que una entidad sea reconocida como Entidad de Inspección y Control Industrial (EICI) se tiene que cumplir lo siguiente:

  • Primero tiene que ser reconocida como Organismo de Control con su correspondiente acreditación por la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC) y con el consiguiente reconocimiento por la Administración correspondiente.

  • Y segundo, debe ser inscrita en el registro que la Dirección General de Industria Energía y Minas de la Comunidad de Madrid tiene para el control de las EICI´s en los diferentes campos reglamentarios.

Necesitar todos estos reconocimientos y autorizaciones para poder ser Entidad de Inspección y Control Industrial, implica por tanto que se dispone de todos los medios, personal y la capacidad técnica necesaria para poder realizar las actividades de inspección y control que les han sido delegadas.

De igual manera, para que una EICI pueda mantener la autorización de la Dirección General de Industria Energía y Minas de la Comunidad de Madrid, debe demostrar periódicamente que sigue teniendo la capacidad técnica para actuar, mediante las correspondientes auditorías y controles que tanto la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC), como la Administración establecen para cada campo reglamentario.

¿PUEDE UNA ENTIDAD DE INSPECCIÓN Y CONTROL INDUSTRIAL (EICI) ACTUAR EN CUALQUIER CAMPO REGLAMENTARIO?

Las competencias de las Entidades de Inspección y Control Industrial están definidas en la regulación que la administración de la Comunidad de Madrid ha establecido, de tal forma que para cada campo reglamentario es necesario el reconocimiento previo como EICI por la Dirección General de Industria Energía y Minas de la Comunidad de Madrid.

Los campos reglamentarios para los cuales la administración de la Comunidad de Madrid ha establecido competencias de control y verificación a las Entidades de Inspección y Control Industrial son los siguientes:

  • Instalaciones de Aparatos a Presión.

  • Instalaciones Eléctricas de Alta y Baja Tensión.

  • Instalaciones de Almacenamiento de Productos Químicos.

  • Instalaciones y aparatos para combustibles gaseosos.

  • Instalaciones de Calefacción, Climatización y Agua Caliente Sanitaria.

  • Elementos e instalaciones de aparatos de elevación. Ascensores y Grúas.

  • Instalaciones de protección contra incendios.

  • Instalaciones Petrolíferas.

  • Instalaciones Frigoríficas.

¿CUALES EL LA REGLAMENTACIÓN QUE REGULA LAS ENTIDADES DE INSPECCIÓN Y CONTROL INDUSTRIAL (EICI)?

La Administración regional de la Comunidad de Madrid desarrolló las competencias y requisitos que deben cumplir las Entidades de Inspección y Control Industrial en el Decreto 111/1994, de 3 de noviembre, por el que se regulan las Entidades de Inspección y Control Industrial y se les asignan funciones de comprobación del cumplimiento de las disposiciones y requisitos de seguridad de instalaciones industriales en caso de riesgo significativo para las personas, animales, bienes o medio ambiente, modificado por el Decreto 114/1997 de 18 de septiembre.

Posteriormente a esta regulación, la Administración regional de la Comunidad de Madrid, siguió avanzando en el desarrollo de las competencias para las Entidades de Inspección y Control Industrial (EICI), desarrollando las diferentes Ordenes de Externalización, donde se desarrollan nuevas competencias que la Dirección General de Industria y Minas de la Comunidad de Madrid establece para las EICI´s en determinados campos reglamentarios, habilitándolas también en este caso para completar su labor de inspección y control, con la de realizar el registro e inscripción de ciertas instalaciones de seguridad industrial.

Los campos reglamentarios y las Órdenes de externalización desarrollados son los siguientes:

  • AREA DE INSTALACIONES PETROLÍFERAS.

    Orden 8638/2002, de 8 de octubre y la Orden 5672/2004, de 8 de julio.

  • AREA DE BAJA TENSIÓN NO INDUSTRIAL.

    Orden 9344/2003, de 1 de octubre.

  • INSTALACIONES TERMICAS NO INDUSTRIALES

    Orden 9343/2003, de 1 de octubre y la Orden 688/2008, de 29 de febrero.

  • INSTALACIONES INTERIORES DE SUMINISTRO DE AGUA

    Orden 639/2006, de 22 de marzo y la Orden 1415/2007, de 16 de mayo.

  • INSTALACIONES FRIGORÍFICAS

    Orden de 19 de noviembre de 2013.

  • INSTALACIONES DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS EN ESTABLECIMIENTOS INDUSTRIALES.

    Orden 3619/2005, de 24 de junio y la Orden 6381/2005.

  • INSTALACIONES DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS EN ESTABLECIMIENTOS NO INDUSTRIALES.

    Orden de 12 de marzo de 2014.

  • INSTALACIONES DE EQUIPOS A PRESIÓN.

    Orden de 23 de marzo de 2016, y la ORDEN de 9 de diciembre de 2016.

Adicionalmente, y a fin de unificar los plazos y periodos de cada una de las distintas órdenes de externalización, se desarrolló la “Orden de 17 de febrero de 2009, de homogeneización y simplificación del procedimiento de actuación de las Entidades de Inspección y Control Industrial al amparo del Decreto 38/2002, de 28 de febrero, por el que se regulan las actividades de control reglamentario de las instalaciones industriales en la Comunidad de Madrid y sus Órdenes de Desarrollo”.

¿EN QUE CONSISTEN LAS ACTUACIONES DE LAS ENTIDADES DE INSPECIÓN Y CONTROL INDUSTIAL (EICI)?

Las actuaciones que realizan las Entidades de Inspección y Control Industrial son por un lado las de realizar aquellos controles, inspecciones y pruebas, para garantizar que aquellas instalaciones sujetas a reglamentación industrial cumplen con los requisitos reglamentarios establecidos que garantizan su seguridad.

Para ello, la Entidad de Inspección y Control Industrial, realiza tanto una revisión de la documentación técnica que compone la instalación (proyecto, certificados de instalación, certificados finales de obra, etc.), así como también realiza la inspección en campo que verifique que la instalación se ajusta a reglamentación.

En aquellos campos en los que además existe externalización de las actividades de registro e inscripción, las Entidades de Inspección y Control Industrial, también realizan el correspondiente registro e inscripción de las instalaciones de seguridad industrial en el correspondiente registro que la Dirección General de Industria Energía y Minas de la Comunidad de Madrid tiene para cada tipo de instalaciones.

 

¿POR QUE SON INMPORTANTE LAS ENTIDADES DE INSPECIÓN Y CONTROL INDUSTIAL (EICI)?

Las competencias establecidas para las actuaciones que realizan las Entidades de Inspección y Control Industrial son fundamentales en el proceso de garantizar la seguridad industrial de las instalaciones en caso de riesgo significativo para las personal, animales, bienes o medio ambiente.

La creciente normativa de seguridad y la complejidad técnica de la misma, hacen necesaria la especialización técnica en las labores de supervisión y control de las instalaciones sujetas a reglamentación. Es por ello que las Entidades de Inspección y Control Industrial aportan la capacidad técnica especializada para poder realizar las actividades de inspección y control, contribuyendo de manera significativa en la vigilancia del cumplimiento de la seguridad de las instalaciones y equipos.

SGS Inspecciones Reglamentarias, S.A., está inscrita como Entidad de Inspección y Control Industrial (EICI) en el registro que la Dirección General de Industria Energía y Minas de la Comunidad de Madrid, para actuar en todos los campos reglamentarios, y cuenta con una amplia experiencia en este tipo de actuaciones.

 

Cualquier consulta o solicitud de información adicional puede dirigirla a es.reglamentaria.ir@sgs.com

 

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