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Normativa de referencia del Gas Radón y Proyecto Real Decreto

October 18, 2019

Noticia redactada por David Piedrafita (Manager de Higiene Industrial en SGS).

El radón es un gas radiactivo perteneciente a la cadena de desintegración del 238U. La desintegración del radón depositado en las células de nuestro organismo genera un daño en las células del aparato respiratorio que puede llegar a generar graves problemas de salud.

La Organización Mundial de la Salud (OMS) establece en sus estudios que entre un 3 % y un 14 % de todos los casos de cáncer de pulmón son debidos al gas radón. A su vez, datos estadísticos de diferentes organismos públicos establecen que las causas de muerte en España por exposición a gas radón se sitúan entre 600 y 2.900 muertes al año, superando el número de muertes por accidente de carretera.

El 12 de junio de 1985 España pasa a formar parte de la Comunidad Europea de la Energía Atómica (Euratom) tras la firma del Tratado de Madrid, con el principal objetivo de elevar el nivel de vida en los Estados miembros y establecer condiciones que contribuyan a la creación y desarrollo seguro de las industrias nucleares. La pertenencia a esta organización hace que el Estado español se comprometa al cumplimiento de normas de seguridad para la protección radiológica de la población y de los trabajadores, velando por su aplicación.

Las referencias normativas en España se remontan a la Directiva 96/29 (1996), cuya transposición a la normativa española se llevó a cabo a través RD 783/2001 - Protección Sanitaria contra Radiaciones Ionizantes (RPSRI). En este Real Decreto ya se recoge la necesidad de realizar los estudios necesarios en actividades laborales en las que los trabajadores y las trabajadoras puedan estar expuestos a la inhalación de descendientes de torón o radón en lugares tales como cuevas, minas, lugares de trabajo subterráneos en áreas identificadas.

Trascurridos nueve años del Real Decreto del año 2001 se publica la modificación a través del Real Decreto 783/2001 y cuyo contenido se limita a la nueva redacción de los artículos 2.4 y 62.

No es hasta el año 2012 cuando el Consejo de Seguridad Nuclear publica la Instrucción IS-33, de 21 de diciembre de 2011, sobre criterios radiológicos para la protección frente a la exposición a la radiación natural cuyo objeto es establecer criterios radiológicos sobre los siguientes aspectos relacionados con la exposición a la radiación natural en lugares de trabajo.

Continuando con el estado del arte en el área normativa de la exposición al gas Radón, el 8 de febrero de 2018, entró en vigor la Directiva Europea (2013/59/Euratom) del año 2013, la cual establece las normas de seguridad para la protección contra las radiaciones ionizantes.

Actualmente dicha Directiva permanece pendiente de transposición en España, aunque su entrada en vigor ha impulsado el interés por el radón y originado el aumento constante de la necesidad de medidas en los centros de trabajo. Los empresarios/as o responsables deben medir el nivel de radón en los centros de trabajo y edificios públicos que gestionan asegurando que los niveles de radón en aire no podrán superar los 300 Bqm‾³ como promedio anual de concentración de actividad en el aire.

Al mismo tiempo se sigue esperando la aprobación de la sección HS6 del documento básico de salubridad del Código Técnico de la Edificación en la que se incluye el radón como uno de los parámetros a considerar en la construcción de edificios. Además, se espera la publicación de la nueva Instrucción IS-33 del Consejo de Seguridad Nuclear, la cual aportará nuevos aspectos sobre criterios radiológicos para la protección frente a la exposición a la radiación natural.

 

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Su personal experto en la normativa de referencia, se encargará de solventar cualquier necesidad que tenga, desde el muestreo y la medición para llevar a cabo una adecuada evaluación del riesgo por la presencia del radón hasta ofrecer soluciones sobre remediación y control. 

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