Como todo vehículo que circula por carretera tu vehículo alimentado con GNC necesita pasar la Inspección Técnica de Vehículos ITV .
Pero tu vehículo, a diferencia de los demás, lleva ese complemento que lo hace más respetuoso con el medio ambiente, las Botellas de Gas Natural Comprimido. Y estas tienen una especificación especial según Norma UNE26525. Veamos en detalle cuales son las indicaciones que nos marca la normativa para los vehículos GNC.
El “Manual de procedimiento de inspección de las estaciones de I.T.V.” recoge la obligatoriedad de la inspección de las botellas de los vehículos alimentados con Gas Natural Comprimido (GNC). Como puedes ver en el extracto del manual:
En vehículos alimentados con GNC, las botellas para su almacenamiento serán objeto de inspección al menos cada 48 meses después de la fecha de matriculación del vehículo o de la puesta en servicio del sistema, según el caso, de conformidad con la norma UNE 26525.
Extracto del Manual de procedimiento de inspección de las estaciones de I.T.V - Pág. 445 -Sección IV.
El manual, a su vez nos indica que la Inspección debe efectuarse con una periodicidad o frecuencia de 48 meses, teniendo como fecha de partida, la fecha de matriculación o de puesta en servicio. De la misma manera, como puedes ver en el siguiente apartado del manual, nos indica la importancia de la Existencia y Vigencia del Informe de Inspección:
En el caso de vehículos alimentados con GNC, se comprobará además la existencia y vigencia del informe de inspección de las botellas según la norma UNE 26525. Este informe será emitido por una entidad acreditada tipo A que incluya en el alcance de su acreditación la citada norma UNE 26525.
Extracto del Manual de procedimiento de inspección de las estaciones de I.T.V - Pág. 445 -Sección IV.