La recepción de los fondos europeos vinculados al programa Next Generation EU, obliga a realizar una autoevaluación que asegure que la inversión o reforma no afecta negativamente a uno, o varios, de los objetivos medioambientales establecidos por la Unión Europea. Determinadas convocatorias exigen que esta autoevaluación sea validada por una entidad acreditada por ENAC.
Los requisitos de concesión de subvenciones en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia incluyen la presentación, por parte del solicitante, de una autoevaluación del cumplimiento del principio DNSH – no causar un perjuicio significativo al medioambiente.
La autoevaluación determinará que la actuación no afecta negativamente a uno, o varios, de los siguientes objetivos medioambientales:
- Mitigación del cambio climático.
- Adaptación al cambio climático.
- Uso sostenible y protección de los recursos hídricos y marinos.
- Transición hacia una economía circular.
- Prevención y control de la contaminación.
- Protección y recuperación de la biodiversidad y los ecosistemas.
Determinadas convocatorias exigen que dicha autoevaluación sea validada por una entidad acreditada. SGS ha recibido la acreditación de la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC) para prestar este servicio a las empresas que así lo requieran.
La acreditación obtenida habilita a SGS para la emisión de dicho informe de validación de la autoevaluación de cumplimiento del principio DNSH, que se requiere para la obtención de ayudas en determinadas convocatorias en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR).
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